fecha de respuesta: 07.11.2024
La AEPD vela por el uso adecuado de datos personales y puede investigar si un sistema automatizado discrimina por raza u otros motivos sensibles, amparándose en el RGPD y la LOPDGDD. Si un algoritmo de scoring o de crédito penaliza a perfiles concretos por variables étnicas, sin base legítima, se vulnera la protección de datos y la normativa antidiscriminación. La AEPD puede requerir que se modifique el algoritmo, se imponga transparencia, y sancionar a la empresa responsable. Además, la persona afectada podría denunciar ante la autoridad de igualdad. En definitiva, los tratamientos de datos con decisiones automatizadas deben ser no discriminatorios y justos.