fecha de respuesta: 08.11.2024
El transportista tiene obligación de seguridad hacia los pasajeros. El Código Civil y la jurisprudencia aplican un régimen cercano a la responsabilidad objetiva: si se produce un accidente que causa daños al viajero en el autobús o durante el viaje, se presume la responsabilidad del transportista, salvo fuerza mayor o culpa exclusiva del pasajero. Esto implica que el lesionado no necesita demostrar la negligencia del conductor para reclamar indemnización. Basta con acreditar que el siniestro sucedió en el ámbito del servicio. El seguro obligatorio de viajeros y la responsabilidad civil del transportista cubren estas reclamaciones.