fecha de respuesta: 10.11.2024
El proceso monitorio se usa normalmente para deudas dinerarias claras y vencidas. Sin embargo, en materia de alimentos entre particulares, lo más habitual es un procedimiento de ejecución de la sentencia de familia o una demanda de reclamación si no hay sentencia previa. El monitorio puro no es tan frecuente en alimentos. Si existe ya una orden judicial de pensión, se lleva a cabo un procedimiento de ejecución de familia. Si no hay orden, se tramita un juicio de familia ordinario. La vía monitoria no es el mecanismo típico en familia.