fecha de respuesta: 15.11.2024
Las llamadas devoluciones en caliente en las fronteras de Ceuta y Melilla han sido muy polémicas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avaló en una sentencia (caso N.D. y N.T. vs. España) la posibilidad de rechazar en frontera si el procedimiento cumple garantías y existe la opción legal de solicitar asilo en el puesto fronterizo. Sin embargo, ONG y juristas critican que a menudo se ejecutan sin identificar al individuo ni permitir la solicitud de protección. La Ley de Seguridad Ciudadana introdujo una disposición sobre “rechazo en frontera” en Ceuta y Melilla. Su legitimidad depende de que se respete la normativa europea y la no devolución de potenciales solicitantes de asilo.