¿Cómo se regula la publicidad de bebidas alcohólicas y sus restricciones?
- 23.12.2024
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¿Se puede usar el nombre sin cumplir requisitos?
La denominación de origen protegida (DOP) o indicación geográfica protegida (IGP) es un sello que exige un vínculo del producto con su zona de producción y un pliego de condiciones. Usar el nombre en publicidad sin cumplir esos requisitos es una infracción grave (publicidad engañosa y violación de normativa de calidad alimentaria). El organismo regulador de la DOP/IGP puede emprender acciones y la autoridad de consumo puede multar. La importancia radica en asegurar la autenticidad y la reputación de productos regionales. Publicitarlos falsamente con denominaciones reconocidas engaña al consumidor y desvirtúa la protección.