fecha de respuesta: 28.11.2024
Existe la prestación por cese de actividad ('el paro de los autónomos'), que requiere cumplir condiciones: al menos 12 meses de cotización específica, demostrar pérdidas importantes o imposibilidad legal de ejercer. La duración depende del periodo cotizado, con un máximo de 24 meses. La cuantía ronda el 70% de la base reguladora. No obstante, se exige probar el cese involuntario y la inviabilidad económica del negocio, algo a veces complejo. Además, muchos autónomos no cotizan a esa cobertura adicional. También se puede compatibilizar el cese de actividad con un trabajo por cuenta ajena, con límites. Se busca un cierto amparo aunque sea más restringido que en el régimen general.