fecha de respuesta: 21.01.2025
Un coworking se asimila a oficinas: se ofrecen puestos de trabajo y salas comunes. Normalmente basta la licencia o declaración responsable para actividad de oficina/servicios. No se precisa una clasificación especial, salvo que se preste un servicio complementario (cafetería abierta al público, eventos). En tal caso, habría que tramitar la parte de hostelería o eventos con requisitos adicionales. Si el coworking no manipula alimentos y no genera ruidos excesivos, se considera actividad inocua. Aun así, verifica si el local cumple accesibilidad, extintores y normativa de evacuación para un uso colectivo. Se deben presentar los planos y la descripción del servicio de alquiler de puestos.