fecha de respuesta: 03.12.2024
En general, el propietario puede cercar su finca para delimitarla y protegerla. No obstante, debe respetar la normativa urbanística y las servidumbres o caminos públicos que existan. En suelo rústico, a veces se exige licencia municipal para muros altos. También se prohíben elementos peligrosos que amenacen la seguridad (por ejemplo, alambres cortantes en zonas de paso). Si hay servidumbres de paso, no puede obstruirse la vía. La Ley de Caza limita la colocación de mallas cinegéticas que puedan dañar la fauna. Por tanto, aunque se reconozca el derecho a cerrar la propiedad, se deben cumplir las disposiciones locales y sectoriales para no vulnerar la ley.