fecha de respuesta: 27.12.2024
Cada comunidad autónoma regula la 'hoja de reclamaciones' o sistema similar. El hotel debe disponer de ellas para que el cliente la solicite en caso de discrepancia. La reclamación se cursa ante el organismo de consumo o de turismo, según la comunidad, que puede mediar o iniciar expediente sancionador si el hotel incumple condiciones de la oferta. Además, el viajero puede pedir compensaciones contractuales (rebaja de precio o indemnización) si se prometía un servicio esencial (spa, piscina) y no se ha prestado. O bien usar arbitraje de consumo si el hotel está adherido, o acudir a la vía judicial civil. La hoja de reclamaciones es obligatoria y debe entregarse al cliente sin dilaciones.