fecha de respuesta: 02.12.2024
La subrogación laboral ocurre si se adquiere una unidad productiva autónoma (local con sus empleados), asumiendo los contratos y antigüedad. Según el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, el nuevo titular responde de las obligaciones laborales surgidas tras la transmisión, mientras las deudas anteriores son del transmitente, salvo pacto de responsabilidad solidaria. Para evitar sorpresas, la pyme compradora debe revisar la situación laboral y exigir garantías o descuentos si existen deudas salariales. A menudo se firma una cláusula para que el vendedor responda de lo devengado antes de la subrogación. La legislación protege a los trabajadores para no perder derechos por cambio de empleador.