fecha de respuesta: 27.11.2024
Los contratos de seguro se regulan por la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro y, para la distribución, la Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados (Ley 2/2021). Aunque a menudo los bancos venden seguros (bancaseguros), no se aplica MIFID (que concierne a instrumentos financieros). Las entidades bancarias actúan como mediadores de seguros y deben cumplir con la normativa de distribución: informar al cliente, evaluarle en términos de necesidades y ofrecer un producto adecuado. Se exige transparencia y se prohíben incentivos que perjudiquen la calidad del asesoramiento en seguros.