fecha de respuesta: 28.10.2024
Las sociedades mercantiles (SL, SA) deben llevar contabilidad ajustada al Plan General de Contabilidad, con libro diario, balances y cuenta de pérdidas y ganancias. También deben formular y depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Presentan declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) y pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202). Al cierre del ejercicio, tributan por el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200). En cambio, los autónomos pueden optar por estimación directa o módulos, con obligaciones contables simplificadas. Si operas como pyme constituida en forma societaria, la contabilidad es más rigurosa que la del profesional autónomo.