fecha de respuesta: 11.12.2024
La normativa urbanística y la Ley de Suelo establecen el deber de conservación de los inmuebles hasta el nivel de seguridad, salubridad y ornato que marquen las ordenanzas. Si un edificio amenaza ruina o presenta graves deficiencias que afectan a la habitabilidad, el Ayuntamiento puede requerir a su dueño la ejecución de obras de rehabilitación. Si éste se niega o no las hace en plazo, la Administración puede declararlo en ruina o realizar las reparaciones de forma subsidiaria, pasando el coste al propietario. También se contemplan incentivos y ayudas públicas para la rehabilitación de edificios antiguos, pero sigue habiendo un deber esencial de mantenimiento.