fecha de respuesta: 02.11.2024
La Ley 38/2015 del Sector Ferroviario y el Reglamento (UE) 1371/2007 sobre derechos y obligaciones de los viajeros de ferrocarril establecen las obligaciones de la empresa ferroviaria: ofrecer rutas alternativas, reembolso del billete o transporte sustitutorio y, en su caso, compensaciones por retrasos. En caso de interrupción del servicio o cancelación, se garantiza la asistencia a los pasajeros (comida, alojamiento si procede). En España, Renfe aplica políticas comerciales para compensar a los viajeros dependiendo del retraso. Asimismo, se prevé la reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria si los derechos del pasajero no se respetan.