fecha de respuesta: 27.11.2024
La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a las emisoras a garantizar la protección de los menores, prohibiendo la emisión de contenidos inapropiados en franjas de protección reforzada. Existen horarios específicos en los que la programación debe ser adecuada para todas las edades (normalmente de 6:00 a 22:00 para violencia o sexo explícito). Se establecen clasificaciones de contenido, advertencias parentales y se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas de alta graduación en esas franjas. Además, hay códigos de autorregulación suscritos por las cadenas, supervisados por organismos como la CNMC y asociaciones de consumidores, que refuerzan estos criterios y contemplan sanciones en caso de incumplimiento.