fecha de respuesta: 05.01.2025
Si la subvención se concede a la entidad en sí, el cambio de titularidad (por compraventa de acciones o participaciones) no debería alterar la continuidad de la ayuda, siempre que la sociedad mantenga la misma CIF y actividad. Sin embargo, si la subvención exigía la permanencia de los socios originales o un perfil concreto, la administración podría interpretarlo como incumplimiento. En todo caso, se debe notificar formalmente el cambio de control a la administración otorgante, para que verifique que se siguen cumpliendo las condiciones del proyecto y la justificación. Si la ayuda estaba vinculada a la persona física y ahora la titularidad cambia a otra, podría perderse.