fecha de respuesta: 01.12.2024
En un concurso de acreedores, la patente es un activo de la empresa. El administrador concursal puede valorarla y, si se decide, venderla o licenciarla para pagar a los acreedores. No pasa automáticamente a un acreedor, sino que se integra en la masa concursal. Podría subastarse junto con otros bienes. A veces, un acreedor con prenda sobre la patente o un acuerdo de garantía la reclama. Si se liquida la sociedad, la patente puede ser adjudicada a un tercero o comprada por un socio en la fase de liquidación. Cada caso depende de la estrategia concursal y las garantías existentes.