fecha de respuesta: 12.12.2024
Dependerá del plazo de garantía fijado en el contrato. Suele existir un periodo de 1-2 años (o más) en el que puedes exigir indemnización. Fuera de lo pactado, la acción de saneamiento del Código Civil prescribe a los 6 meses en vicios ocultos, pero en transacciones empresariales se emplean cláusulas específicas para extender o limitar plazos. Si demuestras que el vendedor actuó con dolo, el plazo se alarga, pues se considera un engaño intencional. Lo normal es consultar la sección 'representaciones y garantías', y si no se fijó plazo, la ley general permitiría reclamar, pero afrontarías dificultades probatorias.