fecha de respuesta: 07.01.2025
Sí, se puede presentar demanda de modificación de medidas o un procedimiento de establecimiento de pensión si las circunstancias han variado o si en su momento no se había regulado. El tribunal valorará la nueva situación, la edad y necesidades de los hijos, la capacidad económica de ambos progenitores y si procede fijar la manutención a partir de ahora. No se reconoce con carácter retroactivo salvo que se demuestre la existencia de necesidad desde antes y algún tipo de acuerdo tácito incumplido.