fecha de respuesta: 16.11.2024
Sí, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social pueden considerar que existe relación laboral encubierta si esos 'autónomos' trabajan en régimen de dependencia, con horario y medios de la empresa, sin verdadera independencia. Se califica como 'falso autónomo', y la pyme debe regularizar cotizaciones, pagar recargos e incluso puede enfrentar sanciones económicas por infracción grave. El trabajador pasa a tener derechos de asalariado (vacaciones, indemnizaciones). La legislación persigue esta práctica porque merma la protección social y distorsiona la competencia. Es fundamental definir correctamente el contrato, y si existe subordinación real, dar de alta al trabajador como asalariado.