¿Qué ocurre si un acuerdo entre empresas no se formaliza por escrito, sino que es tácito? - Abogados24-es.com

¿Qué ocurre si un acuerdo entre empresas no se formaliza por escrito, sino que es tácito?

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30.11.2024

¿El Derecho de Competencia igual puede sancionar un ‘cártel tácito’?

Respuesta a la pregunta 01.12.2024
fecha de respuesta: 01.12.2024

Sí, la ley no exige un contrato formal para considerar anticompetitiva una conducta. Un cártel puede surgir a través de conductas tácitas o reuniones informales. Incluso sin un acuerdo expreso, si se demuestra una práctica concertada (intercambio de información sensible, paralelismo consciente que no se explica por razones de mercado) y la voluntad de coordinarse, la CNMC o la Comisión Europea pueden sancionarlo. Se valoran indicios como emails, minutas de reuniones o actitudes deliberadas de seguimiento de precios. El Derecho de la Competencia castiga también la 'práctica concertada' o la 'decisión de una asociación de empresas', sin exigir un documento escrito.

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