fecha de respuesta: 04.11.2024
Si es un laudo CIADI, el Convenio de Washington obliga a los Estados firmantes a reconocerlo como sentencia firme y ejecutarlo en su territorio. Si el Estado no cumple voluntariamente, el inversor puede solicitar embargos sobre bienes estatales no protegidos por inmunidad diplomática. En el caso de otros arbitrajes (por ejemplo, bajo la Convención de Nueva York), se procede a la homologación judicial en cualquier país firmante. Aun así, algunos Estados reticentes tratan de demorar o resistirse al pago. El inversor puede buscar activos comerciales del Estado para embargar, lo que a veces es complicado. En ocasiones, la presión diplomática y la reputación internacional fuerzan el cumplimiento.