fecha de respuesta: 28.12.2024
Si la mutua considera que la lesión no deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, clasifica la contingencia como común, lo cual reduce la cuantía prestacional. El trabajador puede mostrar discrepancia. En tal caso, se inicia un procedimiento de determinación de contingencia ante el INSS, que emite resolución vinculante. Si el INSS falla en contra, se puede reclamar en vía administrativa (reclamación previa) y luego acudir a los Juzgados de lo Social. El juez, tras valorar pruebas médicas y la relación causal con el trabajo, decide la contingencia verdadera. Esta decisión afecta a la base y al prestador (mutua o INSS).