fecha de respuesta: 29.10.2024
No, el calendario de vacaciones se acuerda entre empresa y representantes o el propio trabajador, siguiendo las normas del convenio. El trabajador debe conocer sus fechas con 2 meses de antelación. Si surge conflicto, puede recurrir a la vía judicial (procedimiento especial de vacaciones) para que el juez fije las fechas, si la empresa no respeta lo pactado o deniega injustamente. El empresario no puede imponer de modo arbitrario ni dejar sin vacaciones. Si no hay acuerdo, el juez decide equilibrando intereses de ambas partes. El trabajador no puede unilateralmente decidir sus vacaciones ni la empresa asignárselas sin diálogo.