fecha de respuesta: 13.01.2025
Si adquieres participaciones sociales de una SL, la transmisión puede formalizarse en documento privado, pero es común elevarlo a público ante notario para mayor seguridad y para que conste la nueva titularidad en el Registro Mercantil si la sociedad lo exige. En la compraventa de activos con inmuebles, la escritura pública suele ser obligatoria para inscribir la propiedad en el Registro. El notario verifica la legalidad formal, la identidad de las partes y redacta la escritura, pero no entra a fondo en la due diligence. Su intervención aporta certeza documental y facilita la inscripción registral.