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¿Qué particularidades tiene el régimen de propiedad intelectual de las competiciones deportivas?

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Pregunta del visitante

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15.11.2024

¿El organizador posee derechos sobre la retransmisión?

Respuesta a la pregunta 16.11.2024
fecha de respuesta: 16.11.2024

Las competiciones deportivas generan derechos de explotación sobre la producción audiovisual, las estadísticas y la marca del evento. El organizador (federación, liga o club) ostenta los derechos de retransmisión y puede cederlos a cadenas televisivas o plataformas en streaming a cambio de royalties. Aunque el gesto deportivo en sí no es protegible por derechos de autor, el evento y su señal audiovisual sí tienen protección como grabación propia. La Ley de Propiedad Intelectual no protege la 'jugada' como obra creativa, pero reconoce derechos a la entidad organizadora sobre la filmación y las marcas del torneo. Por ello, emitir un partido sin autorización, incluso por redes sociales, se considera una infracción. El reparto de ingresos por retransmisión se negocia con clubes y federaciones, según convenios y normativas (como el Real Decreto 5/2015 en fútbol).

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