fecha de respuesta: 17.12.2024
La condición de pensionista no se pierde por residir en el extranjero. La Seguridad Social sigue abonando la jubilación, pero el beneficiario debe informar de su nueva dirección y cumplir las obligaciones de control, como enviar certificados de vivencia periódicamente. Se cobra mediante transferencia internacional. Además, puede haber implicaciones fiscales (impuestos sobre la renta en el país de residencia), y convenios bilaterales. No se suspende la pensión por salir de España, salvo para las no contributivas que exigen residencia efectiva en territorio nacional.