fecha de respuesta: 20.01.2025
Como se indicó, los hijos no pueden quedar limitados por acuerdos prenupciales. El interés superior del menor prevalece. Un contrato prematrimonial no puede fijar un tope absoluto a los alimentos. El juez siempre podrá fijar una cantidad mayor si las necesidades del niño y la capacidad económica del progenitor lo justifican. Dicho pacto se consideraría nulo en lo referente a la manutención de los hijos, aunque sí podría regular otros aspectos patrimoniales de la pareja.