fecha de respuesta: 08.12.2024
Sí, el juez de familia puede adoptar medidas cautelares de protección si uno de los cónyuges amenaza con maltratar al animal para coaccionar al otro. El nuevo régimen sobre animales en el Código Civil prevé que el bienestar de la mascota se considere. Se han dado casos en que la mascota se asigna al cónyuge que no representa peligro y se prohíbe al otro acercarse a ella. Incluso se puede ampliar la orden de protección de la víctima humana a la mascota, considerándolo parte de la esfera de la víctima. La amenaza de daño a la mascota se asimila a maltrato psicológico y se actúa en consecuencia.