fecha de respuesta: 26.10.2024
La franquicia se basa en la cesión de uso de una marca o signo distintivo. Si el franquiciador no es titular registral o la marca no está protegida, el contrato pierde un elemento esencial. El franquiciado podría invocar la nulidad o exigir indemnización si se ve afectado por disputas sobre la marca. Es fundamental verificar que la marca esté debidamente inscrita en la OEPM (u otras oficinas, si aplica) y que el franquiciador tenga capacidad legal para autorizar su uso.