fecha de respuesta: 22.12.2024
En actividades sensibles (venta de tabaco, vapeo, bebidas alcohólicas, salones de juego), la ley o la ordenanza municipal suele imponer distancias mínimas a centros escolares o zonas protegidas. Si tu local no cumple la distancia mínima, el ayuntamiento denegará la licencia. Esto busca proteger a menores o evitar la concentración de salones de apuestas cerca de colegios. No hay excepción si la distancia se incumple por pocos metros. Tendrías que buscar otro emplazamiento o pedir un cambio normativo (rara vez concedido). Incluso si el local es adecuado en todo lo demás, la infracción de la distancia conlleva la denegación.