fecha de respuesta: 03.11.2024
Sí, las ex cónyuges con derecho a una pensión compensatoria pueden acceder a la viudedad si el fallecido era su ex marido y no se ha vuelto a casar, siempre que se cumplan requisitos (como que el divorcio fue antes de 2008 bajo determinadas condiciones). Si hay más de una persona con derecho (cónyuge actual y ex), la pensión se reparte proporcionalmente al tiempo convivido. La ex cónyuge necesita acreditar la pensión compensatoria y no haberse vuelto a casar. Así, la ley ampara a quienes mantienen una dependencia económica tras el divorcio. No heredan la jubilación, sino la viudedad que deriva del fallecido.