fecha de respuesta: 19.01.2025
El RGPD y la LOPDGDD exigen base legítima para enviar comunicaciones comerciales. Salvo clientes con relación previa que no objetaron, se necesita consentimiento expreso para mandar ofertas por canales como WhatsApp. Se debe informar de la política de privacidad, el responsable del tratamiento, la finalidad publicitaria y facilitar la baja inmediata. En caso de nuevos contactos captados en ferias o formularios, hay que recabar un consentimiento claro. Si la pyme usa listas masivas sin verificación, incurre en spam y puede ser multada por la AEPD. Además, se debe respetar la confidencialidad: no usar grupos donde se vean los números de todos los destinatarios.