fecha de respuesta: 05.11.2024
El transportista sancionado puede interponer recurso administrativo ante el órgano que dictó la sanción (habitualmente la Junta de Sanciones de la comunidad autónoma o la Subdirección General competente), según la vía que establezcan las normas. Si se desestima, puede presentarse recurso de alzada o reposición en su caso. Agotada la vía administrativa, cabe acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Se puede pedir la suspensión de la sanción si se alega perjuicios graves y se presta garantía. El procedimiento y plazos de recurso se recogen en la LOTT y en la legislación general de procedimiento administrativo, garantizando la defensa del interesado.