fecha de respuesta: 07.12.2024
El régimen especial OSS (One Stop Shop) para servicios digitales (o TBE: telecomunicaciones, broadcasting y electrónicos) obliga a tributar en el Estado miembro de consumo, salvo que la facturación no supere un umbral (10.000 €). Una vez sobrepasado, el prestador debe aplicar el tipo de IVA del país del cliente. Para no registrarse en cada país, se usa la ventanilla única. Se presenta una declaración trimestral al Estado de identificación, que reparte el IVA a cada Estado de destino. Esto incluye e-books, descargas de software, apps, streaming musical o cursos online. Así, se garantiza que el consumidor paga el IVA local y se evita un registro multiestatal.