fecha de respuesta: 11.01.2025
La ley española protege toda creación original literaria, artística o científica, siempre que esté expresada en una forma concreta, es decir, que se plasme de manera perceptible. No se protegen las meras ideas o conceptos abstractos; hace falta una fijación que refleje la originalidad del autor. No es obligatorio registrar la obra para contar con protección: el derecho nace con la creación. Sin embargo, el Registro de Propiedad Intelectual ofrece seguridad jurídica al otorgar una prueba de la fecha y autoría. Incluso bocetos o proyectos preliminares tienen protección si demuestran originalidad y concreción suficiente. Así, la obra queda protegida desde su creación, y el registro sólo refuerza la prueba en caso de disputa.