fecha de respuesta: 03.01.2025
La publicidad de medicamentos de uso humano sin receta (publicidad dirigida al público general) debe ajustarse al Real Decreto 1416/1994 y a la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos. Debe incluir el nombre del medicamento, el principio activo, indicaciones terapéuticas y la frase 'Lea las instrucciones de este medicamento y consulte al farmacéutico'. Está prohibido exagerar propiedades o sugerir que no necesita diagnóstico médico. Además, no debe presentar testimonios de famosos o asociarse a éxito social. Se busca evitar que el público se confunda y usar un tono riguroso.