fecha de respuesta: 26.11.2024
La jubilación parcial sin contrato de relevo requiere haber alcanzado la edad legal (o la que corresponda sin coeficientes reductores) y tener el 100% de la base reguladora. El trabajador reduce su jornada entre un 25% y un 50% y cobra la pensión proporcional. A diferencia de la jubilación parcial con relevo, no es necesario que la empresa contrate a un relevista para sustituir el porcentaje de tiempo no trabajado. Esto se introdujo para flexibilizar la salida del mercado laboral de forma progresiva, aunque no se aprovecha tanto como la modalidad con contrato de relevo.