fecha de respuesta: 09.11.2024
El responsable principal frente a la Administración es el contribuyente, pero si el asesor participó activamente en conductas fraudulentas, la AEAT podría considerarlo cooperador necesario, y reclamar su complicidad penal o administrativa. En lo administrativo, la LGT contempla la responsabilidad solidaria de quienes colaboren conscientemente en infracciones. Aun así, la simple recomendación de estrategias interpretables no implica responsabilidad si no hay dolo o intención de burlar la ley. El asesor podría ser sancionado por infracción al deber de diligencia, y el colegio profesional puede también iniciar expediente si se incumple la deontología. El nuevo marco de transparencia de la DAC6 en la UE obliga a asesores a declarar esquemas fiscales potencialmente agresivos.