fecha de respuesta: 29.12.2024
Las comunidades autónomas también ejercen competencias en materia de consumo y publicidad local, pudiendo sancionar la publicidad ilícita que afecte a sus territorios. Algunas han dictado leyes específicas que complementan la Ley General de Publicidad. Asimismo, los ayuntamientos pueden regular la publicidad exterior en espacios públicos (carteles, vallas), estableciendo ordenanzas y licencias. No obstante, la normativa básica de publicidad es estatal y la competencial complementa en su ámbito. Por ejemplo, campañas autonómicas que infrinjan principios éticos o publicidad engañosa local pueden ser objeto de inspecciones y sanciones regionales.