fecha de respuesta: 23.12.2024
Sí, la obligación de llevar un registro diario de la jornada laboral es general, sin importar el tamaño. Si la pyme incumple, la Inspección de Trabajo puede imponer una infracción grave con multa de 751€ hasta 7.500€ dependiendo de la gravedad y reincidencia. La pyme debe anotar el inicio y fin de la jornada de cada empleado a diario, conservar esos registros durante 4 años y ponerlos a disposición de la inspección. Esta norma se estableció para evitar fraudes en horas extras y proteger los derechos de los asalariados. Existen aplicaciones informáticas y métodos simples (fichaje en papel) siempre que se documenten fielmente los tiempos.