fecha de respuesta: 30.11.2024
En temas de registro de marcas, el procedimiento empieza ante la OEPM: quien se opone a la marca o impugna su concesión debe agotar esa vía administrativa. Primero, la OEPM emite resolución. Si no se está conforme, se recurre ante la vía jurisdiccional contencioso-administrativa (Audiencia Nacional). No cabe saltarse la OEPM y denunciar directamente en un juzgado civil. El sistema es escalonado: resolución administrativa y, si persiste el desacuerdo, recurso judicial. Esto facilita una tramitación más especializada y la posibilidad de acuerdos previos.