fecha de respuesta: 27.12.2024
Sí, si una marca descriptiva (p. ej. 'Súper Rápido' para mensajería) adquiere con el tiempo un significado secundario en el mercado, identificando al producto con ese término, se produce la 'distintividad adquirida'. El público reconoce el signo como marca, no sólo como descripción. En tal caso, puede registrarse mediante prueba intensa de uso y reconocimiento. Así, se demuestra que el signo, aunque en origen fuera genérico o descriptivo, ha evolucionado hasta marcar el origen empresarial. Se exige pruebas contundentes de encuestas, publicidad, facturación con esa denominación.