fecha de respuesta: 27.12.2024
Las servidumbres son gravámenes que limitan el pleno dominio de un predio para beneficio de otro. La de paso autoriza al propietario del predio dominante a transitar por la finca sirviente. Puede ser legal (cuando un predio no tiene salida a vía pública y requiere paso) o voluntaria (acordada por contrato). La servidumbre de vistas impide construir en forma que bloquee la luz o los accesos visuales a un predio. Estas servidumbres constan habitualmente en el Registro de la Propiedad. Si están inscritas, el comprador está obligado a respetarlas. Negarse al paso sin justa causa vulnera el derecho del dominante, que puede demandar la constitución de la servidumbre forzosa.