fecha de respuesta: 19.12.2024
La venta de animales de compañía a menores de edad sin el consentimiento o la presencia de sus padres o tutores está prohibida, pues se considera que el menor no tiene capacidad para asumir la responsabilidad de la tenencia. La ley exige que el comprador sea mayor de edad o cuente con la autorización de su representante legal. Esto busca evitar compras impulsivas y abandono posterior. Los establecimientos deben verificar la edad del comprador y negarse en caso de duda. Incumplirlo conlleva sanciones administrativas y la posible retirada del animal para reubicarlo en un centro de acogida.