fecha de respuesta: 03.12.2024
Sí, la Constitución y la legislación española permiten la propiedad de inmuebles a extranjeros sin distinción. Disfrutan de los mismos derechos y protección registral, salvo terrenos en zonas militares o de interés estratégico, donde se requieren autorizaciones de Defensa. El extranjero debe tramitar un NIE (Número de Identificación de Extranjero) para formalizar la escritura y cumplir las obligaciones fiscales (ITP, IRNR si se arrienda, plusvalía al vender, etc.). Por lo demás, goza de la plena propiedad y puede inscribir en el Registro de la Propiedad sin restricción. Esto ha impulsado la compra de viviendas por no residentes en zonas turísticas.