fecha de respuesta: 19.11.2024
En centros públicos, el profesor es funcionario o personal laboral del Gobierno autonómico. Ante faltas graves (absentismo, acoso, conducta ofensiva), se inicia un expediente disciplinario conforme a la normativa de función pública. Puede acabar en sanciones que van desde suspensión de funciones hasta la expulsión del cuerpo si la infracción es muy grave. En centros privados o concertados, el despido disciplinario se rige por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo. La dirección del centro, o la consejería de educación, puede además separar cautelarmente al docente mientras dura la investigación para proteger al alumnado.