fecha de respuesta: 12.12.2024
Por regla general, las licencias se otorgan con vigencia indefinida y la actividad puede seguir rigiéndose por la normativa vigente al obtenerla (derechos adquiridos). Pero si la nueva normativa se considera de orden público o afecta a la salud y seguridad (por ejemplo, límites de ruido más exigentes), puede haber obligación de adaptarse en un plazo transitorio. El ayuntamiento notifica al titular. Si la actividad cambia de tipo o se hacen obras, sí hay que ajustarse a la normativa actual. La jurisprudencia equilibra la protección de la inversión hecha y el interés general de actualizar condiciones de seguridad. Pero en principio, no se revisan licencias consolidadas si no hay modificación sustancial.