fecha de respuesta: 21.12.2024
La Ley 49/2002 regula el régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos (fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG). Otorga exenciones en impuestos como Sociedades (que tributan al 10% por sus rentas no exentas) y beneficios en el IBI o IAE, así como deducciones para los donantes (hasta el 80% en el IRPF sobre los primeros 150€). La entidad debe cumplir ciertos requisitos: no repartir beneficios, destinarlos a fines de interés general, contabilidad adecuada, rendición de cuentas... Si la ONG se aparta de esos fines, pierde las ventajas. También se supervisa que la actividad comercial sea accesoria y sirva para financiar las actividades sociales.