fecha de respuesta: 15.12.2024
La división horizontal establece la configuración de un edificio en pisos o locales como fincas registrales independientes, reflejando la cuota de cada uno en elementos comunes. Se plasma en un título constitutivo elevado a escritura pública con planos y descripción de cada departamento. Después, se inscribe en el Registro, de modo que cada piso sea un registro autónomo y pueda venderse, hipotecarse o arrendarse por separado. Si no se ha hecho la división horizontal, cada unidad no es una finca independiente y la venta se complica legalmente, pues el comprador no tendrá su finca individual registral. El título constitutivo también fija las normas de comunidad, coeficientes y estatutos.